Limpieza

El Ayuntamiento prepara una ordenanza para la retirada de vehículos abandonados en espacios públicos

La Concejalía de Recogida de Residuos realiza una consulta pública a la ciudadanía previa a su aprobación en Pleno.

El Ayuntamiento de Teror prepara la aprobación de una ordenanza reguladora para el procedimiento de retirada de vehículos abandonados en espacios públicos del municipio. Antes de su aprobación en Pleno, la Concejalía de Recogida de Residuos, que dirige el edil Manuel Farías, ha sacado a consulta pública el proyecto de ordenanza, para que la ciudadanía pueda comunicar sus opiniones, dirigiendo un correo electrónico hasta el 2 de agosto a la dirección nag@teror.es, indicando en el Asunto del correo “Consulta Pública”.

“La nueva ordenanza permitirá una mayor rapidez administrativa en el procedimiento para la retirada de vehículos abandonados en la vía pública, y además se refuerza la investigación previa de la Policía Local”, explicó Farías, quien informo de que actualmente una treintena de vehículos se encuentran en esta situación en el municipio.

El proyecto de ordenanza para la retirada de vehículos abandonados en espacios públicos, publicado en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Teror  > VER AQUÍ, establece el procedimiento aplicable a los vehículos abandonados indefinidamente en espacios de dominio público para su retirada y, en su caso, posterior destrucción y reciclado o apropiación por el Ayuntamiento de Teror, de conformidad con la normativa sectorial aplicable.

La Ordenanza será de aplicación únicamente a los vehículos estacionados indefinidamente en el mismo lugar de dominio público por un período superior a un mes si carecen de placas de matrícula o si sus desperfectos hacen imposible su desplazamiento por sus propios medios.

El vehículo ubicado en dominio público se considera abandonado, a efectos de esta Ordenanza, cuando permanezca estacionado en el mismo lugar durante más de un mes y presente desperfectos que permitan presumir su desuso o imposibilidad de desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matrícula.

También se considera abandonado cuando haya sido recogido en un recinto privado como consecuencia de avería o accidente y su titular registral no lo hubiese retirado en el plazo de dos meses, así como cuando, figure en la “situación de baja” en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico. En el caso de vehículos abandonados en un recinto privado, el titular del recinto o/y de la actividad allí desarrollada debe emitir una declaración responsable acreditando la causa por la que tiene el coche allí depositado y que el titular registral del vehículo hace mas de dos meses que no acude a retirarlo, a efectos de poder retirarlo el Ayuntamiento de Teror como vehículo abandonado.

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