Cultura

El Ayuntamiento pone en marcha el registro contable de facturas y facturas electrónicas

fra_electronica

fra_electronicaEn virtud de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, el Ayuntamiento de Teror ha puesto en marcha el registro contable de facturas (en papel y electrónicas), y el uso de la factura electrónica, emitida en el marco de las relaciones jurídicas entre proveedores de bienes y servicios y las Administraciones Públicas. 
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Las facturas menores de 5.000 € deberán presentarse por el Registro de Entrada del Ayuntamiento. Las facturas superiores a esta cantidad y las de importe inferior que voluntariamente así lo decidan las empresas y proveedores, deberán ser presentadas de forma electrónica a través del Punto General de Facturas Electrónicas FACe. 
 

Las facturas electrónicas se enviarán a través de los puntos generales de entrada de facturas electrónicas de la administración correspondiente. Estos puntos generales le permitirán consultar electrónicamente el estado de tramitación de su factura, una vez remitida. El de la Administración General del Estado se denomina FACe (www.face.gob.es).
 

En estas facturas electrónicas habrá que indicar la oficina contable, el órgano gestor y la unidad tramitadora, para que llegue correctamente a su destino. La administración le proporcionará estos datos.

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