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Agotadas las plazas del servicio de la Agencia Tributaria en Teror para la tramitación de la Renta 2018

Atenderá los días 15, 16, 17, 22 y 23 de abril de 2019 en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 15:30 a 17:00 horas.

La Agencia Tributaria Canaria ha comunicado al Ayuntamiento de Teror que se ha cerrado el plazo de solicitud de cita previa para la atención en Teror los días 15, 16, 17, 22 y 23 de abril de la oficina itinerante que facilitará a la ciudadanía del municipio asesoramiento, tramitación y presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) 2018. Desde el pasado 29 de marzo se abrió el periodo de solicitud para este servicio gratuito, hasta cubrir esta semana las plazas previstas paar los cinco días.

La oficina itinerante de atención al contribuyente estará ubicada en la Casa Consistorial de Teror (Padre Cueto, 2) los días 15, 16, 17, 22 y 23 de abril de 2019 en horario de 9:00 a 14:00 horas y de 15:30 a 17:00 horas. Sólo se atenderá a las personas que hayan solicitado cita previa.

Por octavo año consecutivo, la Administración Tributaria Canaria, con la colaboración del Ayuntamiento de Teror, ha querido reforzar la labor de asesoramiento a los contribuyentes mediante la implantación de este servicio itinerante que llega a los municipios pequeños o más alejados de las oficinas fijas de las que dispone.

1. SERVICIOS DE AYUDA QUE SE PRESTA A LOS CONTRIBUYENTES

– Con carácter preferente, la modificación y, en su caso, posterior confirmación

de los borradores y la confección de declaraciones de Renta.

No obstante, quedan excluidas de este servicio de ayuda las declaraciones de Renta que estén en alguna de las siguientes situaciones:

• Rentas de trabajo superiores a 65.000 € y capital mobiliario superiores a 15.000 €.

• Arrendamiento de inmuebles (más de 2 inmueble y/o contrato de alquiler).

• Actividades profesionales o empresariales en estimación directa.

• Transmisión de más de 2 inmuebles o acciones de más de 2 emisores (límite conjunto).

• No se confeccionan declaraciones complementarias de ejercicios anteriores.

• También quedarán excluidas, con carácter general, aquellas declaraciones que no respondan a los criterios de atención por Cita Previa establecidas por la AEAT para la presente campaña.

2. INFORMACIÓN A APORTAR POR LOS CONTRIBUYENTES

Los contribuyentes que acudan al servicio deberán aportar la referencia del borrador o de los datos fiscales proporcionada por la AEAT y contar con la siguiente documentación e información:

1. Si se acude a la cita en representación de otra persona deberá aportar autorización firmada y copia del dni de la persona que representa., incluso si se trata de familiares directos (cónyuge, descendientes, ascendientes…) Se adjunta modelo como ANEXO I

2. Nº de cuenta corriente (código IBAN) y justificante de Titularidad de la cuenta corriente (recibo bancario reciente, o extracto reciente).

3. DNI de los titulares de la declaración

4. Nº NIF descendientes mayores de 14 años a 31-12-2017

5. Nº NIF ascendientes, en su caso

6. Nº NIF arrendador, si quiere deducir por alquiler vivienda. Fecha del alquiler o contrato.
7. Nº NIF del inquilino, e caso de tener inmueble alquilado.

8. Nº NIF promotor, si quiere deducir por construccion vivienda.

9. Nº NIF excónyuge, si paga pensión compesatoria.

10. Datos relativos a vivienda habitual:

– nº de referencia catastral

– nº de préstamo hipotecario

– fecha de compra de la vivienda

11. Otros datos adicionales: cuotas sindicales, cuotas colegio profesional, datos relativos a transmisiones de inmuebles o acciones, anualidades por alimentos a hijos, y cualquier otro que no conste en sus datos fiscales y deba reflejar en su Declaración.

12. Declaración de la renta del año anterior.

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