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Abierto el plazo de solicitud de ayudas para reparaciones en viviendas de primera necesidad

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La concejalía de Vivienda del Ayuntamiento de Teror, dirigida por la edil Tewise Ortega, comunica que se ha abierto el plazo de solicitud de ayudas para la reparación en viviendas de primera necesidad, convocada por el Consorcio de Vivienda de Gran Canaria. La convocatoria publicada oficialmente el 24 de de abril permanecerá abierta durante 45 días, hasta el próximo mes de junio.

Desde la concejalía de Vivienda, ubicada en las oficinas de Servicios Sociales (calle de la Escuela, 4) se facilitará la información completa de esta ayuda, que podrá tramitarse a través del Registro General del Ayuntamiento.

Según figura en las bases reguladoras para la concesión de esta ayuda, se destinarán para a reparación de viviendas a aquellos titulares de las mismas con escasos recursos económicos, que, en condición de tales, figuren en los censos de cada Ayuntamiento de esta isla. La ayuda se concretará, en todos los casos en el suministro de materiales de construcción. En caso necesario, también se habilitará la mano de obra. Los solicitantes deben figurar empadronado en el municipio donde radique el inmueble cuya reparación se pretende y en el que tiene establecido su domicilio habitual y permanente.

La cuantía total de estas ayudas para obras de reparación asciende a 180.000 €, que quedan consignadas en el presupuesto para el ejercicio del 2012 del Consorcio de Vivienda de Gran Canaria. Los técnicos dependientes de este Consorcio visitarán las viviendas e informarán sobre el total de la ayuda a asignar a los beneficiarios, no pudiendo en ningún caso, exceder la cantidad de 12.000 €.

SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN:

1. Las solicitudes de subvención deberán ser presentadas en el registro general de cada Ayuntamiento de la isla de Gran Canaria. También podrán ser presentadas en el registro general del Consorcio de Viviendas sito en la planta 5ª del Edificio Insular, calle Profesor Agustín Millares Carló, s/n de Las Palmas de Gran Canaria, en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.

Asimismo podrán presentarse las solicitudes en cualquiera de los lugares a que se refiere el apartado cuatro del artículo 38 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada en este y en otros puntos por la Ley 4/1999 de 13 de enero.

2. El plazo para la presentación de las mismas será de CUARENTA Y CINCO DÍAS a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.

3. La instancia deberá venir acompañada de cualquier documento acreditativo de la propiedad del inmueble.

4. También deberá acompañar declaración jurada de no haber percibido subvenciones para las mismas obras cuya subvención se pretende.

5. En caso de ser legalmente preceptivo, y una vez concedida la subvención, deberán presentarse licencia de obras, permisos o autorizaciones necesarias para la intervención en el inmueble para el que se solicita la subvención.

6. Las solicitudes deberán venir acompañadas de un informe técnico y otro social elaborados por personal del Ayuntamiento respectivo, donde conste para cada uno de los criterios establecidos en la Cláusula Quinta, tanto el alcance de las reparaciones que se solicitan, como las circunstancias económicas y sociales de la unidad familiar.

7. Deberá adjuntarse un certificado de empadronamiento del solicitante en el Municipio donde radique el inmueble.

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